DIGAMOS LO CON VALOR

0
698

Tribunal Electoral de la Federación enmienda la plana al IEV y al TEEV.

A nivel nacional se habla con insistencia acerca de la creación del Instituto Nacional de Elecciones, y desaparece al IFE, a los institutos electorales locales y a los tribunales electorales, el argumento es que dichos organismos están controlados por los gobernadores de los respectivos estados, y en Veracruz, la Presidenta del Consejo General del Instituto Electoral Veracruzano está preocupadísima por ello, cuando lo que tendría que hacer es llevar a cabo su trabajo con eficiencia, cosa que no sucedió, y el Tribunal presidido por Daniel Ruíz, encargado de verificar el accionar del IEV, le ratifica todo, y ahora el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación les enmienda la plana a los dos órganos electorales de Veracruz en varias sentencias, mismas que comentamos.

En la sesión pública de resolución de 7 de noviembre de 2013, el Pleno de la Sala Regional Xalapa del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), resolvió el juicio de revisión constitucional electoral 283 de este año, y revocó la sentencia emitida por el Tribunal Electoral del Poder Judicial del Estado de Veracruz que había confirmado la entrega de la constancia de asignación de la regiduría única para el ayuntamiento de Tamalín, otorgada a favor de Cintia Verónica Lorenzo Rangel, quien fuera postulada por el PRI.

El elemento principal del fallo fue que la citada candidata no se separó con el  debido tiempo del cargo que ocupaba como agente municipal en la congregación de San Diego, perteneciente al Ayuntamiento en contienda,Tamalín, Veracruz; por lo que se llegó a la conclusión que incumplía el requisito de elegibilidad consistente en que los servidores públicos que se postularan como candidatos a un cargo de elección popular, debían separarse de sus cargos con una antelación de sesenta días antes de la jornada electoral, lo que indicaba como fecha límite el 7 de mayo.

En el juicio quedó acreditado que dicha ciudadana desplegó actos en su carácter de agente municipal los días veintinueve de mayo y cuatro de junio, los cuales no fueron desmentidos por ella, y el Tribunal Electoral de Veracruz  con sus diligentes magistrados no encontraron elementos para retirarle el triunfo a dicha candidata del PRI, como consecuencia de lo anterior, los magistrados electorales revocaron la sentencia del tribunal electoral de Veracruz como la constancia de asignación de la regiduría en comento, únicamente por cuanto hace a Cintia Verónica Lorenzo Rangel, quedando por tanto subsistente para la candidata suplente postulada por el PRI.

Pero esa no fue la única sentencia equivocada, la Sala Regional le revocó una sentencia en la que ordenaba un recuento que ya se había llevado a cabo en la sede del Consejo Municipal de San Andrés Tenejapan, pero en el caso más grave fue en Las Choapas, en donde por errores evidentes del Instituto Electoral Veracruzano invalidó la elección señalada, donde Miguel Ángel Tronco Gómez se había alzado con el triunfo de la mano de la coalición “Veracruz para Adelante” y, ordenó al IEV y al Congreso del Estado a celebrar elecciones extraordinarias.

Los magistrados federales tomaron esta decisión por la omisión del Consejo Municipal del IEV de resguardar con eficiencia los paquetes electorales después del cómputo municipal, y la existencia de graves irregularidades en su traslado, lo que ocasionó su vulneración. Con ello se acreditó la violación a los principios de legalidad, certeza y objetividad, los cuales deben regir toda elección.

Y es que resulta que el Tribunal local, justificó el hecho con el argumento que el cómputo municipal ya se había llevado a cabo, dando a entender que a partir de dicho cómputo se podía relajar la vigilancia sobre los paquetes electorales, mismos que fueron trasladados a la ciudad de Xalapa, sin vigilancia de ningún representante de partido político, y al llegar a Xalapa, el Secretario Ejecutivo del IEV, Víctor Moctezuma levanta un acta en la que no se asienta en qué estado llegaron los paquetes electorales, por lo que los magistrados electorales llegaron a la conclusión de que se violentaba el principio de Certeza.

Ello demuestra la falta de profesionalismo de ámbos órganos, el IEV y el Tribunal Electoral de Veracruz, el cual de forma inaudita declaró que los agravios hechos valer por el promovente eran inatendibles e inoperantes, es decir, los hechos que para la Sala Regional Xalapa quedaron demostrados, el Tribunal local los dio por buenos al resolver el RIN 142//01/63/2013 y sus acumulados.

Aparte de las sentencias aquí comentadas, hay muchas más que fueron revocadas por el Tribunal Electoral Federal, por lo que los organismos electorales locales deberían ponerse a trabajar en forma, y a demostrar que son independientes y garantes de la legalidad, de lo contrario le estarán dando la razón a los partido políticos de oposición, que pretenden la creación del mencionado Instituto Nacional de Elecciones, que de llevarse a cabo debe estar integrado por personas incorruptibles y probadas, que realmente garanticen elecciones limpias y parejas en todos los estados del país.

Fredy Marcos Valor.

Correo: [email protected]

Facebook: Fredy Marcos Valor

Twitter: @FredyMValor

LEAVE A REPLY

Please enter your comment!
Please enter your name here