Ingresa al CERESO el sujeto que violaba a su hija

0
1209
Israel Montiel García de 35 años de edad, este sujeto fue señalado por su esposa de nombre Guadalupe Torres López de 35 años de edad, quien dio a conocer que su cónyuge desde hace varios años atrás abusaba sexualmente de su hija de 14 años.

REDACCION 60 MINUTOS.

Por el delito de pederastia agravada fue trasladado al CERESO Dupor ostión de la ciudad de Coatzacoalcos Israel Montiel García quien es acusado de abusar sexualmente de su hija de 14 años de edad.

El sujeto fue señalado por su esposa de nombre Guadalupe Torres López de 35 años de edad, quien dio a conocer que su cónyuge desde hace varios años atrás venia abusando sexualmente de su hija de 14 años, de quien se omitirá sus generales por razones de ley.

La joven  mencionó que para poder salir con su novio le pedía permiso  a su padre, pero este le respondía que si podía salir pero que primero ya sabía lo que tenía que hacer, sin importarle llevaba a cabo al acto sexual.

Por temor la joven no se atrevía a decir nada a su madre dando a conocer que su calvario inicio en Cancún Quintana Roo, lugar donde anteriormente residían.

Para descubrir las asquerosidades que cometía con la menor, la mama de la jovencita colocó un teléfono celular en el cuarto de su hija con la aplicación de video, en el cual quedaron grabados los actos de este perturbado sujeto.

Este sujeto que ahora quedó en manos de un juez fue detenido por elementos de la policía municipal de Moloacán.

La fiscal de la agencia especializada en delitos sexuales de la ciudad de Las Choapas Mercedes Robles Antonio consigno el expediente y al detenido a la ciudad de Coatzacoalcos donde seguirá el proceso penal por el delito de pederastia agravada.

De acuerdo al código penal del estado de Veracruz el delito de violación en el Artículo 153 dice; Al que tenga cópula con persona menor de catorce años de edad o que no tenga capacidad de comprender o que por cualquier causa no pueda resistir se le impondrán de seis a nueve años de prisión y multa hasta de doscientas veces el salario mínimo, el Artículo 210 sanciona el incesto y reza A los ascendientes consanguíneos, afines en primer grado o civiles que tengan cópula con sus descendientes, se les impondrá sanción de uno a seis años de prisión y multa hasta de ochenta veces el salario mínimo.

LEAVE A REPLY

Please enter your comment!
Please enter your name here