La Conasami publicó en el Diario Oficial de la Federación el salario mínimo general aplicable para 2017, que será de 80.04 pesos
Asimismo, mencionó que para las profesiones, oficios y trabajos especiales establecidos se ha fijado una cantidad mínima que deberán recibir en efectivo los empleados por jornada ordinaria diaria.
Algunas de ellas son: albañilería en 110.64 pesos; empleados de mostrador en boticas, farmacias y droguerías, en 96.24 pesos; cantinero en 100.42 pesos; carpintero en 110.64, y cocinero en 112.21 pesos.
Refirió que en los empleos de construcción de edificios y casas habitación se deberá pagar en un mínimo de 102.36 pesos; el de chofer en 103.12 pesos; el de costura en 100.90 pesos y el de mecánico en 114.71 pesos.
Mientras que un plomero en instalaciones sanitarias tendrá un salario mínimo de 105.99 pesos, un reportero de prensa impresa de 227.41 pesos y un secretario auxiliar de 114.44 pesos diarios.
La Conasami indicó que el subsidio para el empleo que incrementa el ingreso de las y los trabajadores se aplicará en los términos obligatorios y directos vigentes a partir del 1 de enero de 2017, con independencia de los salarios mínimos a que se refiere esta resolución.