La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió este miércoles que el derecho de compensación, que estaba sólo previsto para casos de divorcio, se debe extender a las viudas o viudos que se hayan dedicado al hogar durante su matrimonio, aunque éste haya sido bajo el régimen de separación de bienes.
“A la luz de una interpretación del derecho a la igualdad, la figura de la compensación para el cónyuge que se haya dedicado preponderantemente a las labores del hogar o el cuidado de los hijos, prevista en el artículo 267, fracción VI, del Código Civil para el Distrito Federal, hoy Ciudad de México, es aplicable para aquellos casos en los que el matrimonio celebrado bajo el régimen de separación de bienes termine por la muerte de alguno de los cónyuges”, indicó la corte en un comunicado.