Suprema Corte de Justicia acota fuero a militares y marinos

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La SCJN fija jurisprudencia y establece que soldados y marinos sí pueden ser juzgados por delitos administrativos.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que integrantes de las Fuerzas Armadas pueden ser procesados por el delito de ejercicio ilícito del servicio público ante tribunales civiles, cuando los hechos no tengan relación directa con funciones estrictamente militares.

Con esta resolución, el máximo tribunal aclaró los límites del fuero militar, al precisar que este solo puede intervenir cuando la conducta atribuida al elemento castrense impacta de manera directa en la disciplina y organización militar.

La decisión fue establecida como jurisprudencia obligatoria, lo que significa que deberá ser aplicada por todos los juzgados y tribunales del país en casos similares, cerrando espacios a interpretaciones que ampliaban el alcance del fuero.

La Corte subrayó que cuando militares o marinos participan en tareas de carácter administrativo o civil, pueden ser sujetos a responsabilidades penales como cualquier otro servidor público.

El fallo refuerza el principio de igualdad ante la ley y fortalece los mecanismos de rendición de cuentas, especialmente en un contexto donde las Fuerzas Armadas realizan labores fuera del ámbito estrictamente castrense.

Especialistas consideran que esta resolución representa un avance en materia de control civil y justicia, al delimitar con mayor claridad cuándo procede la jurisdicción militar y cuándo corresponde a las autoridades ordinarias.