Dan más plazo para condonación en tenencia

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Prorroga Gobernador hasta el 31 de julio al 100% del Impuesto; También se condona en un 60% el Impuesto Sobre Adquisición de Vehículos Automotores Usados y al 100% la actualización; Así como la condonación del pago de Derechos de Expedición o Reposición de Tarjeta Anual de Identificación de Operador de Transporte Público

 

FUENTE: AL CALOR POLÍTICO
XALAPA, VER.- / 2018-05-01

Otro decreto prorrogado por el titular del Poder Ejecutivo hasta el 31 de julio de este año es el concerniente a la condonación del pago del Impuesto Estatal sobre Tenencia o Uso de Vehículos y sus accesorios a Personas Físicas o Morales inscritas en el Registro Estatal de Contribuyentes en materia vehicular del servicio privado, que se hayan causado en los ejercicios fiscales 2013, 2014, 2015, 2016, 2017 y 2018.

Así como la condonación del pago de Derechos de Expedición o Reposición de Tarjeta Anual de Identificación de Operador de Transporte Público de Pasajeros y el correspondiente Impuesto Adicional para el Fomento de la Educación.

Ambos decretos también terminaron su vigencia este lunes 30 de abril, sin embargo, se prorrogaron del 1 de mayo al 31 de julio de este 2018.

Para el caso de los beneficios para personas físicas y morales inscritas en el Registro Estatal de Contribuyentes en materia vehicular del servicio privado, se condonan al 100% la actualización, los recargos y multas que se hayan causado durante los ejercicios fiscales del 2013 al 2018, siempre y cuando paguen los derechos de control vehicular omitidos.

También se condona en un 60% el Impuesto Sobre Adquisición de Vehículos Automotores Usados (ISAVAU) y al 100% la actualización, así como los recargos y multas para toda aquella persona física o moral propietaria de vehículos del servicio privado, que tramite un cambio de propietario dentro del periodo de vigencia del Decreto.

Además, se condonan al 100% los derechos de control vehicular causados en el ejercicio fiscal 2017 y anteriores; así como los derechos por el canje de placas, tarjeta de circulación y calcomanía numeral fuera del plazo establecido por el Ejecutivo del Estado a personas físicas o morales propietarias de motocicletas, motonetas y cuatrimotos que se encuentren inscritas en el Registro Estatal de Contribuyentes.

A los propietarios de motocicletas, motonetas y cuatrimotos que no estén inscritos en el Registro Estatal de Contribuyentes y acudan a la oficina de su jurisdicción correspondiente a su domicilio fiscal a presentar su aviso de alta, pagarán los derechos de alta vehicular, control vehicular del presente ejercicio, Impuesto Adicional para el Fomento de la Educación y en su caso el Impuesto Sobre Adquisición de Vehículos Automotores Usados (ISAVAU).

Las personas físicas o morales propietarias de vehículos del servicio privado modelo 2011 y anteriores que tengan adeudos por los ejercicios fiscales 2017 y anteriores, pagarán únicamente los derechos de control vehicular causados en el ejercicio fiscal 2018, los derechos por el canje de placas, tarjeta de circulación y calcomanía numeral, el Impuesto Adicional para el Fomento de la Educación y en su caso el Impuesto Sobre Adquisición de Vehículos Automotores Usados (ISAVAU).

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