Día Internacional de las Víctimas de Desapariciones Forzadas

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Las víctimas de desaparición forzada son privadas de su libertad, mantenidas en detención secreta y muy rara vez son liberadas. A menudo su destino permanece desconocido; son frecuentemente torturadas y tienen miedo constante de ser matadas. Incluso si eventualmente son puestas en libertad, las cicatrices tanto físicas como psicológicas permanecen en ellas por el resto de sus vidas. Las familias y seres queridos de las víctimas también sufren una inmensa angustia. Ban Ki-moon

El 21 de diciembre de 2010 la Asamblea General de Naciones Unidas, en virtud de la resolución A/RES/65/209 declara el 30 de agosto El Día internacional de las Víctimas de Desapariciones Forzadas, que comenzará a observarse en 2011, y exhorta a los Estados Miembros, del sistema de las Naciones Unidas y otras organizaciones internacionales y regionales, así como a la sociedad civil, a que observen este Día. 

De acuerdo con la Convención Internacional para la Protección de todas las Personas contra las Desapariciones Forzadas,se entiende por desaparición forzada “el arresto, la detención, el secuestro o cualquier otra forma de privación de libertad que sean obra de agentes del Estado o por personas o grupos de personas que actúan con la autorización, el apoyo o la aquiescencia del Estado, seguida de la negativa a reconocer dicha privación de libertad o del ocultamiento de la suerte o el paradero de la persona desaparecida, sustrayéndola a la protección de la ley.

Con respecto al tema las comunidades están directamente afectados por la desaparición de sostén de la familia, y la degradación de la situación de las familias económica y su marginación social ya que la desaparición forzada se ha usado a menudo como estrategia para infundir el terror en los ciudadanos. La sensación de inseguridad que esa práctica genera no se limita a los parientes próximos del desaparecido, sino que afecta a su comunidad y al conjunto de la sociedad 

Algunos de los derechos humanos que las desapariciones forzadas violan con regularidad son:

  • El derecho al reconocimiento de la personalidad jurídica;
  • El derecho a la libertad y seguridad de la persona;
  • El derecho a no ser sometido a torturas ni a otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes;
  • El derecho a la vida, en caso de muerte de la persona desaparecida;
  • El derecho a una identidad;
  • El derecho a un juicio imparcial y a las debidas garantías judiciales;
  • El derecho a un recurso efectivo, con reparación e indemnización;
  • El derecho a conocer la verdad sobre las circunstancias de la desaparición

Aunado a ello desde 1993, la Comisión de Derechos Humanos y su sucesor, el Consejo de Derechos Humanos, vienen aprobando con regularidad resoluciones en las que invita a todos los gobiernos a que adopten las medidas apropiadas, legislativas y de otra índole, para prevenir y castigar la práctica de las desapariciones forzadas, con especial referencia a la Declaración sobre la protección de todas las personas contra la desapariciones forzadas la cual fue proclamada el 18 de diciembre de 1992 por la Asamblea General, y a que actúen con tal fin en los planos nacional y regional y en cooperación con las Naciones Unidas.

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