Endurece el Papa leyes contra pederastia en el Vaticano

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Gracias al decreto firmado por el Papa Francisco, la persecución de estos  delitos podrá incluir no sólo a las personas que lo cometen dentro del Vaticano  sino a todos aquellos cuya actividad esté vinculado a la Santa Sede y a todas  sus entidades.

El Vaticano difundió hoy varias nuevas leyes  penales internas aprobadas por el Papa Francisco, una de las cuales introdujo  sanciones específicas a delitos como el abuso contra menores.

La sala de prensa de la Santa Sede dio a conocer el contenido de un decreto  (motu proprio) del pontífice y de tres leyes -la VIII, la IX y la X- que  modificaron gran parte del sistema jurídico civil vigente en el “Estado más  pequeño del mundo”.

Entre  otras cosas las nuevas normativas definieron varias categorías de delitos contra  los menores: venta, prostitución, enrolamiento, la violencia sexual, la  pornografía infantil, la posesión de material pornográfico con menores y los  actos sexuales con menores.

 

Además los documentos probados incluyeron otras innovaciones como la  tipificación de delitos de lesa humanidad como el genocidio, el apartheid y la  tortura.

Se determinó también abolir la sanción de la cadena perpetua, que fue  sustituida por la pena de 30 a 35 años de reclusión.

Las innovaciones fueron introducidas en los códigos penal y de procedimientos  penales vigente en El Vaticano desde el 8 de junio de 1929, fecha oficial de  fundación del Estado pontificio tras la ratificación de los Tratados de Letrán,  firmados con Italia.

Se trata del Código Zanardelli, que data de 1899 y del Finocchiaro  Aprile, de 1913. Esos códigos fueron redactados por juristas italianos  y fueron en su momento adoptados por El Vaticano.

Giuseppe Dalla Torre, presidente del Tribunal del Estado de la Ciudad del  Vaticano, explicó que la reforma a estos documentos busca actualizar  diversas tipologías de delito que anteriormente eran muy genéricas o simplemente  no eran tomadas en cuenta por la ley.

De hecho se incluyó, en la reforma, el delito de divulgación de noticias y  documentos cubiertas por el secreto profesional.

Pero la reforma consideró una larga lista de delitos, entre los cuales  destaca la reducción a la esclavitud, el secuestro, la obstrucción a la  justicia, la asociación criminal y la compra de objetos robados.

Gracias al decreto firmado por el Papa Francisco, la persecución de  estos delitos podrá incluir no sólo a las personas que lo cometen dentro del  Vaticano sino a todos aquellos cuya actividad esté vinculado a la Santa Sede y a  todas sus entidades.

La tipificación de estos delitos y las sanciones correspondientes tienen un valor civil relacionado sólo con el Estado de la Ciudad del Vaticano, y no tienen que ver con el derecho canónico, de tipo eclesiástico u que rige en la Iglesia católica universal.

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