Hoy se vence el plazo para tramitar reposición de INE

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El trámite de reposición sólo actualiza la vigencia de la mica y la fotografía; no aplica si cambiaste de domicilio

Si perdiste tu credencial, está dañada y tus datos no cambiaron, mañana vence el plazo establecido por el INE para tramitar la credencial para votar con fotografía.

De acuerdo con el Instituto Nacional Electoral, en el trámite de reposición sólo actualizarán tu fotografía y la vigencia de tu plástico.

Si se trata de une reimpresión de la mica (con los mismos datos, fotografía y vigencia) tienes del 1 de marzo al 20 de junio para acudir al módulo más cercano con los siguientes documentos.

¿Qué documentos debes llevar?

Para realizar cualquier trámite debes presentar los siguientes documentos en original.

1. Acta de nacimiento o carta de naturalización.
Si no cuentas con tu certificado de nacimiento ya puedes obtenerlo en línea en el portal Tu acta de nacimiento en línea.

2. Identificación con fotografía

Debe ser original y vigente, o con una fecha de expedición no mayor a 10 años, excepto la Cartilla de Servicio Militar Nacional, Cédula Profesional y Credenciales expedidas por el Instituto Nacional de las Personas Adultas Mayores (INAPAM).
Si no tienes identificación oficial, la autoridad electoral acepta credenciales de identificación laboral, de identificación como usuarios o derechohabientes, documentos expedidos por escuelas públicas o privadas con reconocimiento oficial, matrícula consular, tarjeta de residente.

El título profesional, las constancias de estudios, el certificado, un diploma o carta de pasante son documentos de instituciones públicas o privadas son considerados por el INE como documentos válidos de identidad.
Los documentos de instituciones de salud NO incluyen carnet de citas médicas y los documentos de identificación laboral en iniciativa privada deben contar con razón social y RFC de la empresa, nombre y firma del patrón o su representante y el nombre correcto.

3. Comprobante de domicilio

La fecha de expedición no debe ser mayor a 3 meses, excepto recibos de pago que se expiden de forma anual.
Son válidos los recibos de pago de predial, luz, agua, teléfono, televisión, gas, estado de cuenta bancario o de tiendas departamentales y pago de impuestos.

Los estados de cuenta que descargas e imprimes desde tu computadora son considerados válidos.

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