‘El Muñeco’, será extraditado a EU

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Un tribunal federal despejó el camino para que el gobierno de México entregue a Estados Unidos a Jesús Alfredo Salazar Ramírez, El Muñeco, uno de los líderes del cártel de Sinaloa más peligrosos y responsable del asesinato del activista Nepomuceno Moreno Núñez, integrante del Movimiento por la Paz, que encabeza el poeta Javier Sicilia.

El Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Penal confirmó el viernes la resolución del juez Décimo Cuarto de Distrito de Amparo en Materia Penal, Erick Zabalgoitia Novales, quien sobreseyó la demanda de garantías.

También le negó la protección de la justicia contra los artículos 29, 30 y 32 de la Ley de Extradición Internacional; 28, fracciones XI y XII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; y, 7, fracción X, del Reglamento Interior de la Secretaría de Relaciones Exteriores, que el quejoso calificó de inconstitucionales. Pese a ello, Salazar Ramírez promovió un nuevo amparo con la intención de retrasar su entrega.

El Muñeco fue identificado por la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena) como lugarteniente de los capos de Joaquín El Chapo Guzmán e Ismael El Mayo Zambada, y líder del grupo criminal Los Salazar, responsable del control de la siembra producción y tráfico de droga en Sonora y la parte serrana de Chihuahua, la cual enviaba a Estados Unidos.

La Sedena lo culpó de la muerte de Nepomuceno Moreno, quien participó en los Diálogos por la Paz, en el Castillo de Chapultepec, que encabezó el presidente Felipe Calderón, y el crimen del activista se cometió el 28 de noviembre del 2011.

Tambien fue vinculado en el homicidio de Rubén Alejandro Cepeda Leos, perpetrado en Hermosillo en noviembre del mismo año, y de ser autor de múltiples ejecuciones en Sonora, Chihuahua, Sinaloa y el Distrito Federal. El año pasado, el Tribunal Colegiado confirmó la resolución de José Díaz de León Cruz, juez Segundo de Distrito de Amparo en Materia Penal, quien el 30 de junio de 2015, le negó la protección de la justicia contra la extradición. El quejoso alegó que las autoridades mexicanas “indebidamente” otorgaron valor probatorio a diversas actuaciones que tildó de ilícitas; además, aseveró, existió una infiltración de agentes (de la DEA) y testigos cooperadores o colaboradores, que derivaron en su detención.

“Es válido que sea la autoridad administrativa y no la judicial la que resuelva si se concede o no la extradición, ya que se trata de un acto que atañe a las relaciones con otros miembros de la comunidad internacional y, por tanto, debe regirse por el principio de reciprocidad, es decir, es un acto exclusivo de la soberanía nacional cuya decisión se reserva al criterio del Ejecutivo Federal”, detalla la sentencia en primer instancia.