Quitan a Pemex monopolio del transporte de combustibles

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La SCJN retiró a PEMEX el privilegio para transportar combustibles, por lo que los interesados podrán contratar el servicio que les convenga

Luego de que en 2013 la entonces Comisión Federal de Competencia (Cofeco) hoy Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece), en 2013 acusara a PEMEX por incurrir en prácticas monopólicas en cuanto al transporte de combustibles se refiere, la Suprema Corte de Justicia de la Nació (SCJN) determinó que la instancia ya no podrá imponer modalidades para la entrega de combustibles.

Por lo anterior, los interesados podrán contratar libremente el transporte a sus estaciones de servicio, en igualdad de condiciones que se exigen a la empresa estatal.

Aunque la Cofeco acreditó que Pemex condicionaba la venta de gasolinas y diésel a la contratación de servicios de traslado de los combustibles desde las terminales de almacenamiento a las estaciones de servicio con autotanques y equipos operados por el personal sindicalizado de la empresa y la sentencia del órgano de competencia obligaba a Pemex a pagar más de 653 millones de pesos (unos 31 millones de dólares) de multa, la SCJN amparó a Pemex en contra dicha sanción.

El argumento del órgano fue que en su momento las actividades de transporte de gasolina y diésel “formaban parte de un monopolio constitucional autorizado”, por lo que no deberían haber sido sancionadas.

Según la SCJN, antes de que se aprobara la reforma constitucional en materia energética, Pemex era la única facultada “para realizar la exploración, explotación, refinación, almacenamiento, distribución, venta y transporte en dicha área estratégica”.

Desde la promulgación de la reforma el 20 de diciembre de 2013, Pemex se convirtió en una empresa productiva del Estado, “lo que implica que ya no es monopólica en ciertos sectores, como el de transporte de combustibles, entre otros”.

Con la resolución, la Segunda Sala de la SCJN confirmó el sustento constitucional del nuevo marco regulatorio aplicable a Pemex, así como la apertura del sector energético en materia de competencia económica”.

 

 

Además, añadió que debido al nuevo marco regulatorio, “se da base a un nuevo esquema de contratos de franquicia y suministro de gasolinas y diésel, en los que Pemex ya no puede imponer modalidades para la entrega de los combustibles”.

Por su parte, la Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece), sucesora de la Cofeco, dijo en un comunicado que “acatará el fallo” de la SCJN y aseveró que Pemex no puede “negar la entrada de transportistas a sus instalaciones o atar la venta de sus combustibles a la contratación de cualquier servicio”.

Finalmente, aseguró que estará pendiente para que no se produzcan prácticas monopólicas relativas, incluyendo ventas atadas, negativa de trato y discriminación entre compradores o bien, la denegación, restricción de acceso o acceso discriminatorio de un insumo esencial”.

 

Con información de El Informante

 

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