Modulo del INE en Villa Cuichapa

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60Minutos.Info

*SI CUMPLES LOS 18 AÑOS HASTA EL 1 DE JULIO DEL 2018 PUEDES HACER TU TRAMITE *

Nuevamente el Módulo del INE estará en Villa Cuichapa para que los habitantes de este lugar puedan hacer cualquier trámite relacionado con su credencial de elector, como renovación, sacar su credencial por primera vez, reposición, modificación de datos mal capturados, etc.

Se espera a la población los días 24 y 25 de octubre de 9 de la mañana a 2 de la tarde en los altos de la agencia municipal

Identifica tu trámite

Existen 6 tipos de trámites que puedes llevar a cabo en el módulo del INE para obtener tu Credencial para Votar. En esta sección te mostramos una lista de los trámites y sus características para que puedas reconocer el tuyo.

Trámite para inscribirte por primera vez al Padrón Electoral, es decir, que nunca han obtenido la Credencial para Votar. Para realizar el trámite debes tener nacionalidad mexicana y 18 años cumplidos.

Si en tu entidad se llevarán a cabo elecciones locales y cumples 18 años entre el 1 de septiembre y el día de la elección, puedes tramitar tu Credencial para Votar.

Trámite para las personas que requieren corregir cualquiera de estos datos: apellido paterno, apellido materno, nombre(s), lugar de nacimiento, fecha de nacimiento y/o sexo.

El cambio de domicilio se refiere al movimiento que realiza una persona respecto a la ubicación física de su domicilio. Este trámite posibilita modificar totalmente los datos de: nombre de la calle, nombre de la colonia, número exterior y/o número interior y código postal.

En caso de robo o extravío pueden pedir su reposición. Son aquellos trámites en los cuales no existe ninguna modificación de datos personales, datos de referencia geográfica electoral, ni de domicilio, por lo tanto la credencial se genera con la misma información que se tiene en el Padrón Electoral.

La reincorporación corresponde a los trámites de las personas que han sido rehabilitadas en sus derechos político-electorales. Este trámite también es aplicable en los siguientes casos:

  • Fueron dados de baja debido a que su credencial perdió vigencia y no la reemplazó en el periodo correspondiente.
  • Fueron dados de baja indebidamente.
  • Fueron dados de baja por aplicación del artículo 155 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales y solicitan nuevamente su credencial.

Reemplazo por vigencia se refiere a los trámites que solicitan las personas incluidas en el Padrón Electoral, pero que su credencial perdió vigencia y solicitan un reemplazo. Así como aquellas que solicitan renovar su credencial, debido a que ya no se cuenta con espacio en los años para el marcaje del voto, y en los cuales no existe ninguna modificación de datos personales, datos geoelectorales, ni de domicilio.

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