Dictamina PRI; fórmula ganadora en Las Choapas

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Sergio Guzmán Pérez y Karina Izquierdo Huerta Seran el nuevo dirigente y Secretaria General de este Instituto Político en Las Choapas

Las Choapas Ver.-

Lázaro Cruz García

La comisión Municipal del Procesos internos del Partido Revolucionario Institucional para Las Choapas Veracruz dictaminó y dio como fórmula ganadora para dirigir los destinos del PRI de este municipio, Al ex síndico Sergio Guzmán Pérez y Karina Izquierdo Huerta

 DICTAMEN

PRIMERO.- Es PROCEDENTE la solicitud de registro de la fórmula integrada por los militantes SERGIO GUZMÁN PÉREZ y KARINA IZQUIERDO HUERTA en este proceso de elección de los titulares de la Presidencia y de la Secretaría General del

Comité Municipal del Partido Revolucionario Institucional en Las Choapas, Estado de Veracruz.

Igualmente desechó por no cumplir con los requisitos de la convocatoria a Pedro Rene García y Erika Reyes Escobar.

 

DICTAMEN

PRIMERO.- Es IMPROCEDENTE la solicitud de registro de la fórmula integrada por los militantes Pedro René Ramírez García y Erika del Carmen Reyes Escobar, en este proceso de elección de los titulares de la Presidencia y de la Secretaría General del Comité Municipal del Partido Revolucionario Institucional en Las Choapas, Estado de Veracruz; toda vez que no se cumplieron con los requisitos establecidos en las Bases Quinta y Sexta de la Convocatoria.

Documentación no presentada por el C. Pedro Rene Ramírez García:

a) Documento en que conste su calidad de cuadro, (haber sido dirigente del partido,

Presidente, secretario de comité, o de sectores y organizaciones, representante  de partido ante órganos electorales, candidatos propietarios o suplentes, delegados, coordinadores electorales, o activistas con algún nombramiento).

b) Constancia emitida por el Secretario del H. Ayuntamiento, en la cual se asiente que cuenta con residencia de por lo menos 3 años anteriores en el municipio.

c) Constancia de estar al corriente en el pago de sus cuotas partidistas. Otorgada  por la Secretaría de Administración y Finanzas del Comité Directivo Estatal.

d) Constancia de registro partidario. Emitida por la Secretaría de Organización del

Comité Directivo Estatal.

 Documentación no presentada por el C. Erika del Carmen Reyes Escobar:

a) Documento en que conste su calidad de cuadro, (haber sido dirigente del partido,

Presidente, secretario de comité, o de sectores y organizaciones, representante  de partido ante órganos electorales, candidatos propietarios o suplentes, delegados, coordinadores electorales, o activistas con algún nombramiento).

b) Constancia emitida por el Secretario del H. Ayuntamiento, en la cual se asiente que cuenta con residencia de por lo menos 3 años anteriores en el municipio.

c) Constancia de estar al corriente en el pago de sus cuotas partidistas. Otorgada por la Secretaría de Administración y Finanzas del Comité Directivo Estatal.

d) Constancia de registro partidario. Emitida por la Secretaría de Organización del Comité Directivo Estatal.

X. Que de conformidad con la Base Octava, segundo párrafo de la Convocatoria y en estricto respeto a la garantía de audiencia consagrada en el artículo 14 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, esta Comisión Municipal de Procesos Internos expidió un Acuerdo de Requerimiento para que el C. Pedro  René Ramírez García y la C. Erika del Carmen Reyes Escobar, subsanaran  las deficiencias presentadas en su solicitud de registro, concediéndole un plazo de 48 horas.

XI. Que una vez concluido el plazo de 48 horas señalado en el punto anterior, los Ciudadanos Pedro René Ramírez García y Erika del Carmen Reyes Escobar, no comparecieron ante esta Comisión Municipal de Procesos Internos para Subsanar el requerimiento realizado.

De esta manera se dictaminó dar como ganadora a la fórmula ganadora por haber cumplido con todos los requisitos a SERGIO GUZMÁN PÉREZ y KARINA IZQUIERDO HUERTA.

 

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